El día 22 de febrero se publicó en el diario oficial el Acuerdo Gubernativo No. 49-2022 que aprueba el Acuerdo Número 1504 emitido por la Junta Directiva del IGSS , en el que se exonera las costas procesales e interés legal, así como los recargos por mora, recargos adicionales por gastos administrativos e intereses resarcitorios regulados en los reglamentos respectivos que se les hayan aplicado en fecha anterior a la vigencia de este acuerdo, por incumplimiento de la obligación relacionada con el pago de la contribución patronal y traslado de la contribución laboral al Régimen de Seguridad Social.
El patrono deberá cumplir con los siguientes requisitos:
• Estar adherido al sistema de planilla electrónica
• Dentro de la vigencia del acuerdo el patrono debe pagar la totalidad de los montos adeudados.
• Estar actualizados en el registro de patronos. El artículo 2 establece lo siguientes porcentajes y vigencia de la exoneración:
a) 100% en el caso de las contribuciones que se paguen durante los primeros 3 meses de vigencia del acuerdo es decir del 24 de marzo al 23 junio de 2022.
b) 90% en el caso que las contribuciones se paguen durante el 4to y quinto mes de vigencia del acuerdo, es decir del 24 de junio al 23 de agosto de 2022.
c) 80% en el caso que las contribuciones se paguen en el sexto mes de vigencia es decir del 24 de agosto al 23 de septiembre de 2022.
Dicho acuerdo entre en vigencia 30 días después de su publicación en diario oficial es decir el 24 de marzo de 2022.
Dejamos el link de la publicación
https://www.igssgt.org/wp-content/uploads/2022/02/Acuerdo-Gubernativo-49-2022-y-Acuerdo-1504-de-Junta-Directiva-IGSS.pdf
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